Permiso de residencia
Cristina
16 de febrero de 2022

¿Sabes que es el permiso de residencia?

El permiso de residencia autoriza a un extranjero de un país NO comunitario a residir en España.

Los primeros 90 días que un extranjero reside en nuestro país no necesitan ningún permiso especial puesto que se presuponen que pueden ser días de visita.

Si el extranjero en cuestión desea estar más de esos primeros 90 días necesita solicitar un permiso de residencia, que puede ser temporal o de larga duración.

Tipos de permiso de residencia

  • Permiso de Residencia Temporal

Este permiso de residencia se concede para una estancia de entre 90 días y 5 años.

La autorización de residir temporalmente en el país puede renovarse si continúan existiendo las mismas circunstancias, siempre hasta un máximo de 5 años.

Tipos de permiso de residencia temporal:

  1. Permiso de residencia temporal sin permiso de trabajo, para este caso se deben demostrar medios económicos suficientes.
  2. Permiso de residencia por arraigo que puede ser laboral, social o familiar. 
  3. Permiso de residencia por reagrupación familiar, siempre que en España se tenga al cónyuge, hijos o ascendientes en primer grado en situación legal.
  4. Permiso de residencia independiente de familiares reagrupados. Está sujeta a que el solicitante esté dado de alta como trabajador.
  5. Permiso de residencia por motivos de trabajo, otorgado a profesionales altamente cualificados, a contratados, deportistas profesionales, artistas, trabajadores en compañías transnacionales de servicios y trabajadores por cuenta ajena o propia.
  6. Permiso de residencia para estudiantes e investigadores y voluntarios.
  7. Permiso de residencia por circunstancias especiales (razones humanitarias, protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de personas, etc)
  8. Permiso de residencia temporal a menores de edad que no estén acompañados.

  • Permiso de Residencia de Larga Duración

Esta autorización de residencia permite residir permanentemente en nuestro país, además, siempre lleva aparejada la autorización de trabajar, no como en el caso de la residencia temporal.

El requisito principal es que el extranjero que quiera optar a esta residencia debe haber permanecido de forma legal y continuada en España durante más de 5 años.

Requisitos para obtener el permiso de residencia de larga duración

  1. Extranjeros que han tenido residencia temporal durante un tiempo de 5 años, de manera continuada y legal.
  2. Extranjeros con residencia permanente en cualquier otro estado miembro de la Unión Europea que deseen desarrollar una actividad por cuenta propia o ajena en nuestro país.
  3. Extranjeros que han alcanzado la edad legal para obtener su jubilación y han trabajado en España mínimo 1 año.
  4. Extranjeros jubilados que han residido en España por más de 3 años.
  5. Extranjeros que han trabajador por cuenta ajena mínimo 1 año y deseen acceder a la jubilación anticipada.
  6. Extranjeros que tengan una incapacidad permanente y que han residido en España por dos años.
  7. Extranjeros que hayan trabajado mínimo 3 años continuados en un estado de la UE y residan en España.

Documentos para solicitar el permiso de residencia

Estos son los más comunes

  • Pasaporte vigente, original y copia.
  • Fotografías recientes.
  • Formulario de solicitud normalizado y bien cumplimentado
  • Certificado médico

Si se pide residencia por arraigo,

  • Libro de familia y tarjeta de residencia del/los familiares.
  • Empadronamiento

En el caso de si se va a trabajar o no en España,

  • Oferta de trabajo.
  • Sin oferta de trabajo, se debe presentar pruebas de tener medios económicos suficientes.
  • Seguro medico.

Si se pide residencia para estudiar,

  • Matricula de estudios a cursar.
  • Muestra de medios económicos.
  • Seguro médico.

¿Cómo se solicita el permiso de residencia?

Se debe solicitar en la oficina de extranjería del municipio donde se resida aportando toda la documentación que proceda, que en cada caso será diferente.

¡Si necesitas un Permiso de Residencia para ti o para algún familiar no dudes en consultarnos!

Teléfono: 611 55 14 31

Correo: info@mantolegal.es

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